El sector de las empresas de Catering está en definitivo crecimiento. Se trata de empresas que, o bien cocinan en directo en un determinado tipo de eventos, por ejemplo, una paella, o una barbacoa, o bien, y esto es lo más común, desplazan los alimentos a algún lugar previamente acordado con el cliente y los sirven.

A pesar de que los trámites para la constitución y funcionamiento de este tipo de empresas no son complicados, hay un grado de intrusismo muy importante en el sector, lo que perjudica, no sólo la imagen, sino la competencia con las empresas que sí cumplen todos los requisitos.

Chef & Law facilita todas las claves para crear y mantener una empresa de catering sin problemas legales ni preocupaciones.

En primer lugar es necesario determinar a qué tipo de cliente vamos a dirigir nuestra empresa, ya que no es lo mismo montar un catering para dar servicio a un colegio, que a particulares. En el primer caso, la inversión en instalaciones y producto, va a ser mucho mayor. Sin embargo, hoy en día está cada vez más de moda la organización, ya no sólo de eventos clásicos como Bodas o Bautizos, sino también de encuentros para empresas, que prefieren reuniones más privadas en establecimientos con encanto a la hora o reuniones de trabajo en las que se sirve comida. Dependiendo de a qué público nos vayamos a enfocar, elegiremos la forma de la empresa y a  partir de ahí es necesario obtener todas las autorizaciones que la Ley exige:

  • Licencia Municipal, ya que, si tenemos unas instalaciones donde se cocinan los alimentos, deberá tener su correspondiente salida de humos y estar sujetas a la inspección municipal.
  • Autorización sanitaria de funcionamiento e inscripción en el Registro General Sanitario de Alimentos. La autorización debe solicitarse en la Consejería competente y ellos mismo tramitan la inscripción en el Registro (RGSA) que es estatal.
  • Tarjeta de transporte, necesaria si la empresa tiene vehículos para transportar los alimentos, que, además, deben de ir en las condiciones de frío y conservación adecuadas.
  • Certificados de Manipuladores de alimentos, para todas las personas que vayan a trabajar elaborando, envasando o distribuyendo los alimentos.
  • Controles de la empresa y cumplimiento normativo. Una vez iniciada la actividad, hay que aplicar sistemas permanentes de autocontrol para identificar peligros alimentarios, determinar los puntos de control críticos en la elaboración de los alimentos, establecer límites a dichos puntos, medidas correctoras… Además de disponer de comidas testigo para que las autoridades competentes puedan realizar estudios epidemiológicos.
  • Seguro de responsabilidad civil, para el caso de intoxicaciones o cualquier otro problema que pudiera surgir en el desarrollo del servicio.

De cara a los clientes, les da seguridad contratar una empresa que pueda acreditar el cumplimiento de esta normativa, ya que ello garantiza la seguridad alimentaria, así como la higiene y salubridad de los alimentos que nos van a servir, por lo que merece la pena el esfuerzo. Además, la falta de estas autorizaciones, puede dar lugar a importantes sanciones, incluso al cierre de la empresa, por lo que como siempre, más vale prevenir.

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